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Opinión

Los colegios privados y la no sujeción al impuesto municipal a las actividades económicas

Lunes, 7/8/2023 ¿Quién controla y rige a los colegios privados? Si esto lo hace el Ministerio del Poder Popular para la Educación, a través de la Coordinación de Planteles Privados en las diferentes zonas educativas de los estados, donde además conceden los correspondientes permisos de funcionamiento como "prestadoras del servicio educativo", no se entiende cómo los municipios insisten en cobrarles impuestos.


Para aclarar tamaña ilegalidad citaremos fragmentos de un análisis publicado en el blog "Gerencia y Tributos":

-"Por no sujeción debemos entender la no calificación como contribuyente de un individuo o un ente respecto a la obligación tributaria a favor del sujeto activo acreedor del tributo".

-"Cuando alguien no está sujeto al tributo, no califica como sujeto pasivo, no es contribuyente. En ese caso no hay nacimiento de la obligación tributaria, porque no hay realización de hecho imponible".


-"Las actividades económicas sujetas al Impuesto Sobre Actividades Económicas (ISAE) son exclusivamente aquellas que reputan como mercantiles. En ese sentido las actividades de naturaleza esencialmente civil no estarán sujetas al ISAE, como es el caso de los servicios educativos".


-Uno de los falsos dilemas planteados en las actuaciones de algunos municipios por órgano de sus administraciones tributarias, es que a pesar de que admiten sin reniego que las actividades profesionales, y dentro de ellas las educativas, no están sujetas al ISAE; cuando éstas son prestadas por entes jurídicos que se constituyen bajo la forma de sociedades mercantiles, abren el apetito fiscal y se exige el indebido pago del tributo municipal".


-"Por otra parte, y en un sentido opuesto a las pretensiones de algunas alcaldías del país, ha sido reiterativo el criterio que tanto la Sala Político Administrativa como la Sala Constitucional del TSJ, han sostenido respecto a la no sujeción de los servicios educativos al ISAE".


En el post del blog "Gerencia y Tributos" se hace referencia a lo expuesto en la Sentencia emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia Nro. 00815 publicada el 10 de julio de 2013, sobre la no sujeción de las entidades que prestan los servicios educativos al ISAE.


El fallo judicial puede ser leído en https://gerenciaytributos.blogspot.com/2018/10/colegios-de-educacion-y-no-sujecion-al.html.


Juan Luis Correa

juanluiscg4@gmail.com

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